¿Qué es un medio comunitario?
Un medio comunitario es una propuesta colectiva, es una apuesta por la democratización de la palabra.
En la Ley Orgánica de Comunicación de Ecuador un medio de comunicación comunitario es aquel cuya propiedad, administración y dirección corresponden a colectivos u organizaciones sociales sin fines de lucro, a comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades. (Art. 84 y Art. 85, Ley Comunicación)
Además los medios de comunicación comunitarios no tienen fines de lucro y su rentabilidad es social, es decir que todos los recursos que ingresan ya sea por publicidad, venta de servicios u otras actividades debe ser invertido en el propio medio.
La Ley de Comunicación eliminó las restricciones de cobertura, financiamiento y autorización que existían para los medios comunitarios en la Ley de Radiodifusiónde 1975, y reformada en 1992, 1995 y 2002. En esta ley anterior los medios comunitarios se llamaban “medios de servicio público o comunales”, y eran considerados: : Pobres, porque no se permitía que recibieran publicidad para financiarse; Pequeños, porquelimitaban su cobertura a unas pocas cuadras; y Peligrosos porque debían pedir permiso a las Fuerzas Armadas para operar.
De esta forma los medios comunitarios podemos tener amplia cobertura, podemos recibir publicidad pública o privada, y no necesitamos de permisos especiales para operar. Tenemos los mismos derechos y las mismas responsabilidades que los medios privados.
Además la definición de un medio comunitario va más allá. Un medio comunitario democratiza la palabra, genera participación, entabla una programación donde se fortalecen los Derechos Humanos, los Derechos Colectivos y los Derechos de la Naturaleza. Es un medio diverso, plural, educativo, intercultural, que busca aportar a fortalecer el tejido social comunitario y la participación de la comunidad.
Para saber más sobre medios comunitarios revisa aquí el Manual Medios Comunitarios Ya.
- Ruta Legal
Paso 1. Informarnos sobre los mecanismos
La información es poder, así que las organizaciones y comunidades debemos estar informados para exigir nuestro Derecho a la Comunicación.
Lo primero que debemos saber es que para acceder a una frecuencia para operar un medio de comunicación, la Ley Orgánica de Comunicación establece los siguientes mecanismos:
1. Para medios públicos: Adjudicación directa de autorización de frecuencias
2. Para medios comunitarios y privados: Concurso público, abierto y transparente para la adjudicación de frecuencias (Art. 108, Ley de Comunicación)
A nosotros y nosotras nos interesa que tú y tu organización conozcan el segundo punto, ya que para obtener una frecuencia para medio comunitario, las organizaciones debemos participar en un concurso público.
¡Pilas!
Esto es lo que dice la Ley de Comunicación en su Art. 110:
“La adjudicación de frecuencias del espectro radioeléctrico para el funcionamiento de medios de comunicación social privados y comunitarios de radio y televisión de señal abierta se realizarán mediante concurso público abierto y transparente en el que podrán intervenir todas las personas naturales y jurídicas que no tengan inhabilidades o prohibiciones legales”
La Ley de Comunicación establece que para concursar al menos se debe tener al menos tres requisitos:
1. Proyecto comunicacional, con determinación del nombre de medio, tipo de medio, objetivos, lugar de instalación, cobertura, propuesta de programación e impacto social, que proyecta generar;
2. Plan de gestión y plan Sostenibilidad económica ; y,
3. Estudio técnico
Además ARCOTEL emitió un reglamento que se llama: “REGLAMENTO PARA OTORGAR TÍTULOS HABILITANTES PARA SERVICIOS DEL RÉGIMEN GENERAL DE TELECOMUNICACIONES Y FRECUENCIAS DEL ESPECTRO RADIOELÉCTRICO” (Resolución-04-03 ARCOTEL, 28 de marzo del 2016) En este reglamento ARCOTEL establece que los otros requisitos para participar se colocarán en las Bases del Concurso.
Las Bases del Concurso es el documento de información clave donde se encuentran las formas de calificación, las inhabilidades para concursar, la lista de frecuencias que salen a concurso, los requisitos entre otra información que debes leer. Estas Bases las elabora ARCOTEL y deben ser abiertas, púbicas y transparentes
Revisa toda la información en la página de ARCOTEL www.arcotel.gob.ec y busca ahí la sección Concurso Frecuencias.
- Ruta Libre: Legítima y constitucional
Paso 1. ¡Necesitamos un medio de comunicación comunitario!
Si una organización, comunidad, pueblo o nacionalidad tiene la necesidad de tener un medio comunitario entonces es necesario organizarse, informarse y accionar.
La comunicación es un derecho, y en un Estado Constitucional de Derechos, este se exige y se ejerce. Así que para ejercer el Derecho a la Comunicación, y el derecho a crear medios de comunicación, las organizaciones pueden construir de forma colectiva el proyecto comunicacional y definir: ¿Para qué un medio de comunicación comunitario? Con esta necesidad clara, las organizaciones podemos constitucionalmente acceder a medios comunitarios.
Paso 2. Hazlo tú mismo: Hacer, crear, soñar nuestros medios de comunicación comunitarios
Las organizaciones y comunidades a lo largo de la historia de América Latina, se apropiaron de las frecuencias de forma libre y crearon medios comunitarios con sus propias manos, muchas veces sin autorización legal.
En toda América Latina estos medios de comunicación tienen distintos nombres. En México, son denominados medios libres; en Argentina se llaman radios truchas; en Colombia medios educativos; en Chile, alternativos… Medios comunitarios que instalaron sus propias antenas y equipos de transmisión, haciendo posible que comunidades que no habían logrado acceder a una frecuencia a través de los mecanismos reglamentados, accedan a sus propios medios de comunicación de forma libre.
El movimiento de medios comunitarios en América Latina nace de un proceso de apropiación de las frecuencias por parte de las organizaciones, como una forma de contraponer el discurso hegemónico de los grandes medios de comunicación. [1]
Otras experiencias más recientes de medios de comunicación comunitarios nacieron a través de la creación de laboratorios, espacios de aprendizaje de la comunicación en Internet. La radio On Line, por ejemplo, es un espacio libre, de fácil acceso y de bajo costo que muchas organizaciones hoy utilizan para comunicar su palabra. Hay muchas opciones para ejercer la comunicación comunitaria lo importante es hacerlo.
Si el Estado y el gobierno de turno no garantizan el Derecho a la Comunicación; facilitando los procedimientos para acceder a medios comunitarios, reconociendo las diferencias en los requisitos para medios comunitarios, elaborando Políticas Públicas claras y de forma participativa; entonces las organizaciones podemos ejercer nuestro derecho de distintas, creativas, autónomas y libres formas.
La comunicación fortalece la organización, el tejido comunitario. Mientras más voces sean las que suenen y diversos rostros se visibilicen, mientras más hagamos las organizaciones y comunidades nuestra propia comunicación; más estaremos aportando a democratizar la sociedad. ¡Así que todos y todas a construir medios comunitarios ya!
[1] Si quieres saber más, puedes buscar información, manuales, material de acceso libre con algunos ejemplos emblemáticos de organizaciones en toda América Latina que se tomaron en serio el Derecho a la Comunicación. Es el caso de Palabra Radio en México y Antena Negra en Argentina, y muchísimas más en todo el mundo. Busca sus experiencias en la web www.medioscomunitarios.ec